lunes, 12 de mayo de 2008

Subvenciones para PYMES (Construcción)

CONSEJERÍA DE EMPLEO

ORDEN de 18 de abril de 2008, por la que realiza la convocatoria de subvenciones a microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) del sector construcción que realicen proyectos e inversiones en materia de prevención de riesgos laborales para el año 2008, con sujeción a las bases reguladoras de la Orden de 8 de mayo de 2006.
3. Las intensidades y cuantías máximas de las subvenciones
a conceder en cada modalidad serán las siguientes:
a) Modalidad 1: Hasta el 40% del presupuesto aceptado,
con el límite máximo de 6.000 euros.
b) Modalidad 2: Hasta el 45% del presupuesto aceptado,
con el límite máximo de 18.000 euros.
c) Modalidad 3: Hasta el 45% del presupuesto aceptado,
con el límite máximo de 18.000 euros.
d) Modalidad 4: Hasta el 50% del presupuesto aceptado,
con el límite máximo de 18.000 euros.
Tercero. Modalidades y actividades subvencionables.
1. Las modalidades y actividades susceptibles de subvención
a través de la presente Orden deberán estar encuadradas
en alguna de las previstas en el artículo 2 de la Orden
de la Consejería de Empleo de 8 de mayo de 2006 (BOJA
número 106, de 5 de junio de 2006)
(Proyectos dirigidos al establecimiento de la estructura preventiva especializada de la empresa y a facilitar el cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales, que incluyan alguna de las siguientes actividades:
-- Elaboración de programas de actuación especificos en prevención de Riesgos Laborales.
-- Diseño, implantación y certificación de sistemas de gestión de seguridad y salud laboral.
-- Implantación del Plan de Prevención de Riesgos Laborales.
-- Primer establecimiento de Servicios de Prevención Mancomunados.
-- Formación especializada preventiva que facilite la designación y el desarrollo de sus competencias a los delegados de prevención.
-- Realización de auditorías reglamentarias y diagnosticos preventivos.
-- Desarrollo de planes de formación especifica para los trabajadores adaptados al puesto de trabajo.
-- Asesoramiento para la realización de estudios de adecuación de equipos de trabajo.
-- Realización de estudios ergonomicos y psicosociales.
Proyectos que contemplen investiones para susticución de andamios de trabajo antiguos o defectuosos por sistemas de andamios modulares, fabricados bajo normativa europea y certificados conforme a los requisitos de las normas UNE 76502:1990 (HD-1000:1988) o UNE EN 12810-1:2003. Tendrán consideración de conceptos subvencionables los costes de adquisición e instalación de los andamios especificados.
Proyectos destinados a la adquisición y renovación de equipos y maquinaria auxiliar de obra, tales como sistemas y equipos para la entibación de zanjas, andamios motorizados, cuadros eléctricos móviles, pequeñas hormigoneras, sierras circular de mesa, cortadoras de material cerámico y pequeños equipos para la elevación de cargas; que cumplan con los requisitos y directrices del vigente Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión y las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo. Tendrán consideración de conceptos subvencionables los costes de adquisición de la maquinaria y equipos anteriormente relacionados.)
Plazo 60 días naturales a partir de publicación en BOJA 12 Mayo 2008. Finaliza 4 Julio
Para ampliar información y solicitudes, ponerse en contacto en el Ayuntamiento en la sección de la UTEDLT
RAFAEL MURILLO DIAZ
ALPE DE LA UTEDLT DE STA ELENA

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